EL INSTITUTO EUROPEO DE RELACIONES INDUSTRIALES
Fundado en Sevilla en 1985, agrupa a más de un centenar de expertos de Europa y América con el objeto de profundizar en los grandes temas del Derecho del Trabajo y las Relaciones Industriales mediante foros, cursos y publicaciones en el que intervienen especialistas internacionales.
EL IERI participa de la filosofía que anima a la corriente norteamericana de las relaciones industriales, perseguidora de un doble objetivo, eficiencia y equidad (Efficiency and Justice), en el mundo laboral, y propone como metodología básica de trabajo la de la escuela de pensamiento de ley y economía (Law and Economics), que trata de analizar las normas jurídicas desde su entorno económico, muy lejos por tanto del vacío kelseniano del formalismo jurídico.
A tal cuadrilátero formado por los ingredientes de eficiencia, justicia, ley y economía, acuden los miembros de IERI procedentes en su mayoría de la ciencia jurídica, pero también tienen presencia en él economistas, graduados sociales, sociólogos del trabajo y prácticos como por ejemplo líderes sindicales y patronales.
En nuestras actuaciones e investigaciones sus miembros no participan solo de la orientación neoclásica del European Journal of Law and Economics, sino también de las del Critical Legal Studies y la Escuela de Frankfurt: una simbiosis posible entre posiciones clásicas y críticas en donde lo importante es no quedar reducido al comentario de la pura norma o de la estadística, sino entablar un debate fructífero entre los cuatro elementos arriba citados, con el trabajo humano como tema central.
El IERI entiende asimismo que el liberalismo económico y el mercado autorregulador han quedado desacreditados por los hechos y que son necesarias reglas de juego establecidas por los poderes públicos: el intervencionismo del Estado y de los organismos internacionales se hace de todo punto necesario para salvaguardar los valores de la sociedad avanzada en las relaciones industriales. Y se reclama a las ideas de Polanyi de que los mercados solo pueden prosperar gracias a la dirección de una Administración centralizada que oriente y al mismo tiempo proteja los grandes valores constitucionales.
Acta fundacional originaria: